La reforma grava las ganancias generadas en menos de un año, hasta ahora exentas. Ventas, donaciones y herencias que tengan lugar entre el 26 de octubre y su entrada en vigor no tributan.
Se concede un margen del 15% a los consistorios para reducir el catastro y adaptar el valor del suelo a la situación de cada municipio.
La rapidez con la que ha actuado Hacienda ha permitido cubrir el vacío legal en sólo dos semanas, pero ese vacío existe, por lo que los inmuebles vendidos, dados o recibidos en herencia desde el día en que se conoció la sentencia, el 26 de octubre , hasta que entre en vigor, previsiblemente mañana, no pagarán ese tributo. Saldrán beneficiados del vacío legal.