Los jueces de primera instancia de Barcelona han acordado unificar criterios para la aplicación de la nueva ley de vivienda en Cataluña. Se han aclarado aspectos como la definición de gran tenedor (titular de 10 o más inmuebles con más de un 50% del inmueble). Las demandas de desahucio previas no estarán obligadas a pasar por el procedimiento previo de conciliación. A pesar de esto, el juez tiene que solicitar un informe de vulnerabilidad de la familia a los servicios sociales. También se incluyen las sociedades y empresas públicas de vivienda como grandes tenedores.
En resumen, esta unificación de criterios tiene como objetivo abordar las ambigüedades e incertidumbres de la nueva legislación de vivienda y garantizar una aplicación más coheren
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