Los jueces han determinado que los propietarios o inquilinos de una vivienda ocupada pueden cortar el agua, la luz y el gas a los okupas sin cometer ningún delito. Esta decisión ha sido tomada por la Audiencia Provincial de Barcelona tras una reunión el pasado 7 de marzo para unificar criterios en los casos de usurpación de inmuebles o allanamiento de morada. La misma conclusión ya había sido adoptada por la Audiencia Provincial de Gerona el 22 de noviembre.
Según los magistrados, si el propietario no mantiene el alta de los suministros o deja de pagarlos, esto no será constitutivo de un delito de coacciones. Esta unificación de criterios puede servir de referencia para otras audiencias provinciales en España y exime a los propietarios de la obligación de pagar suministros a ocupantes ilegales.
Esta medida podría agilizar la salida de los okupas, ya que la falta de suministros básicos dificultaría su permanencia en la vivienda. Según datos de Alquiler Seguro, el tiempo medio de recuperación de un inmueble ocupado es de 8,5 meses, llegando hasta 12 meses en Castilla y León y Murcia, mientras que en Aragón y Navarra la media es de solo 4 meses.
De acuerdo con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el número de demandas por ocupación ilegal ha aumentado un 2% en el último año, alcanzando los 2.309 casos. Las comunidades más afectadas son Cataluña (463 casos) y Andalucía (449 casos), seguidas por la Comunidad Valenciana (391) y Madrid (186). En cambio, las regiones con menos casos son La Rioja (6), Aragón (19) y Galicia (81).

