El Govern de la Generalitat ha cerrado la última propuesta de decreto para crear un registro público de grandes tenedores de vivienda, un mecanismo que permitirá consultar, mediante el nombre y el NIF, si una persona o empresa es propietaria de más de cinco viviendas. La página web de la Agència de l'Habitatge de Catalunya publicará esta relación y el texto está pendiente de dictamen para ser aprobado de forma definitiva.
Deberán registrarse las personas jurídicas con más de 10 viviendas, las personas físicas o jurídicas titulares de cinco o más pisos en zonas tensionadas, y los propietarios de más de 10 inmuebles urbanos de uso residencial o con más de 1.500 metros cuadrados construidos. No hacerlo en el plazo de un mes puede conllevar multas de hasta 90.000 euros. Los ayuntamientos y la Agencia Tributaria de Cataluña también podrán acceder a la información para ejercer sus competencias.
El decreto también regula el registro de viviendas vacías u ocupadas sin contrato, medida acordada con los Comuns para la investidura de Salvador Illa. El objetivo de ambos registros es identificar pisos susceptibles de ser movilizados para personas en situación de urgencia residencial y determinar qué propietarios están obligados a ofrecer alquiler social y a respetar los límites de precio fijados por ley.
