Desde el 1 de julio de 2025, es obligatorio obtener el Número de Registro Único de Alojamiento (NRUA) para las viviendas turísticas que se alquilen a través de plataformas transaccionales como Booking o Airbnb, que permiten formalizar contratos en línea. En cambio, no es necesario si se promocionan mediante portales que solo publican anuncios, ni tampoco para establecimientos como hoteles, hostales o campings. El trámite tiene un coste de 27 € + IVA y puede iniciarse en cualquier momento; primero se obtiene un número provisional con el que ya se puede operar mientras se resuelve el expediente.
En caso de errores en la documentación, los propietarios disponen de 7 días hábiles para corregirlos. Si no lo hacen, el Ministerio de Vivienda puede ordenar la retirada del anuncio y las plataformas tienen 48 horas para eliminarlo. Aunque todavía no existe un régimen sancionador estatal específico, se aplican las normativas vigentes de cada comunidad autónoma, con multas que pueden oscilar entre los 2.000 y los 500.000 euros.