Los contratos de arrendamiento generan confusión en cuanto a la distribución de gastos, ya que, además de la renta y los suministros que corresponden al inquilino, con frecuencia se le imponen costes que, según la ley, deberían recaer en el propietario. Mientras el propietario es responsable de afrontar gastos como el IBI, la tasa de basuras y determinados conceptos de comunidad, el hecho de que los inquilinos terminen pagando estos cargos es el problema central.
Esta situación se convierte en una estrategia de compensación ante el límite establecido en el precio del alquiler, haciendo que algunas propiedades incluyan en los contratos gastos adicionales disfrazados con nombres como “servicios al inquilino” o “cambios de titularidad de los suministros**, para recuperar ingresos perdidos debido a la regulación del precio de la renta**.
Antes de la mudanza, el arrendatario debe depositar una fianza (equivalente a una mensualidad) y, si lo estipula el contrato, una garantía adicional de hasta dos mensualidades. Por otro lado, los honorarios de la agencia inmobiliaria y el coste de formalizar el contrato, que deben ser asumidos exclusivamente por el propietario conforme a la ley 12/2023, suelen ser disimulados con términos distintos para intentar trasladarlos al inquilino. Asimismo, cualquier gasto nuevo o condición que se pretenda repercutir al inquilino, como la repercusión del IBI, solo puede incorporarse en un contrato nuevo si ya estaba previsto en el contrato anterior.