RESOLUCIÓN JUS/1691/2023, de 16 de mayo, de modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Girona.
Modificación estatutos. Aprobado en Junta de Gobierno de fecha 14 de julio de 2022 y por la asamblea de personas colegiadas en fecha 15 de diciembre 2022
Modificar el artículo 41 de los Estatutos colegiales:
Actual redactado: Artículo 41.- El mandato en el cargo de Presidenta o presidente se ejercerá por un periodo de cuatro años, así como el de vocales, que serán renovados por mitades cada dos años. Cincuenta días antes de expirar el plazo mencionado, la Junta de Gobierno tendrá que convocar elecciones, con el fin de que al acabado de este plazo tome posesión la nueva Junta. Todos los cargos de la Junta de Gobierno son reelegibles hasta un límite de tres mandatos consecutivos.
Redactado propuesto: Artículo 41.- El mandato en el cargo de Presidenta o presidente se ejercerá por un periodo de cuatro años, así como el de vocales, que serán renovados cada cuatro años. Cincuenta días antes de expirar el plazo mencionado, la Junta de Gobierno tendrá que convocar elecciones, con el fin de que al acabado de este plazo tome posesión la nueva Junta. Todos los cargos de la Junta de Gobierno son reelegibles hasta un límite de tres mandatos consecutivos.
Ampliar el Artículo 25. con un nuevo apartado y)
Impulsar y desarrollar la mediación, así como prestar funciones de arbitraje nacional e internacional, en conformidad con el que establece la legislación vigente.
Reglamento corporativo. En uso de la potestad normativa, el Colegio puede aprobar los reglamentos que se consideren oportunos para regular materias relacionadas con las funciones colegiales.