Inspección de trabajo
Inspección de trabajo y la Seguridad Social
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social se incrementará durante el año 2016 y las actuaciones para detectar el fraude a la Seguridad Social, en concreto por encuadramientos en regímenes indebidos, empresas con deudas, sucesiones, grupos de empresas y subcontratas, prestaciones, control de bajas indebidas, infra-cotizaciones por inaplicación de convenios colectivos o bonificaciones indebidas.
Así lo ha acordado la Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, órgano formado por el Gobierno de Navarra y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que se ha reunido en la Delegación del Gobierno para hacer un balance de la labor desarrollada a lo largo del año 2015 y planificar su actividad en 2016.
La actividad inspectora de esta comisión se reparte en cuatro materias: economía irregular y trabajo de extranjeros (36% de las acciones), prevención de riesgos laborales (25%), Seguridad Social (24%) y ocupación y relaciones laborales (15%).
En concreto, respecto a la Seguridad Social, frente a las 1.609 órdenes de servicio del año 2015, la previsión de 2016 es alcanzar las 2.102, un 30,6% más.
Las actuaciones en este ámbito se ajustan a los acuerdos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal y FOGASA.
Por otro lado, la Inspección de Trabajo también incrementará el próximo año en un 4,6% (de 1.252 a 1.313 inspecciones) la previsión de actuaciones en el ámbito de las relaciones laborales: contratación laboral en sus diversas modalidades, control sobre el tiempo de trabajo, igualdad efectiva entre mujeres y hombres y cumplimiento de la cuota de reserva de trabajadores discapacitados.
Finalmente, la Inspección mantendrá en 2016 las actuaciones en materia de economía irregular y trabajo de extranjeros (dirigidas a combatir el trabajo no declarado, el empleo irregular y el fraude en las prestaciones de Seguridad Social) y en materia de prevención de riesgos laborales. En este aspecto, se incorporarán controles sobre condiciones de trabajo de menores, riesgos biológicos y de asistencia técnica con ocasión de apertura de nuevos centros de trabajo.
Visitas de noche y nocturnos
La Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social también ha hecho balance de las actuaciones que se han realizado en 2015.
En materia de Seguridad Social, han sido anuladas cinco “empresas ficticias” y realizado 141 actas de infracción, principalmente en materia de prestaciones de desempleo. Se han anulado 162 altas en la Seguridad Social y se ha solicitado la devolución de prestaciones por una suma total de 147.717,52 euros.
En el apartado de empleo y relaciones laborales, el grado de cumplimiento de la actividad planificada ha supuesto la conversión de 452 contratos temporales en indefinidos. A 31 de octubre, se han realizado un 14% más de las intervenciones previstas para todo el año.
En cuanto a economía irregular cabe destacar que, con vistas a conseguir una mayor efectividad en las labores de lucha contra la economía irregular, un gran número de las visitas se han realizado en horario nocturno (196), festivo (315) y festivo/nocturno (62) y con la colaboración de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en aplicación de la instrucción sobre la colaboración entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en materia de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social.
En prevención de Riesgos Laborales, hasta el 31 de octubre, se han realizado un 8% más de órdenes de vigilancia de obligaciones empresariales que en el mismo periodo del año pasado.
Registro de la Jornada laboral - El Registro otra vez
Registro de la Jornada laboral...el Registro otra vez
En la pasada circular 50/2016 de 28 de diciembre informábamos de las instrucciones que habían recibido los inspector de trabajo para perseguir las horas extra y exigir que las empresas registren la jornada de sus trabajadores. En las instrucciones consta que el registro de jornada debe garantizar la fiabilidad y la invariabilidad de los datos.
Siempre que la empresa utilice medios electrónicos o informáticos en los que el trabajador tenga que utilizar una tarjeta magnética o similar, o su huella digital, parece que quedaría garantizada la fiabilidad o invariabilidad de los datos registrados, pero el problema es cuando el registro es manual, en papel, en cuyo caso el inspector podría exigir que la firma del trabajador apoye el cada caso la hora de entrada y salida del trabajo consignada en el registro.
Nuestra recomendación, por tanto, es que si se utiliza un registro manual o en papel, se haga firmar al trabajador el registro diario de jornada, tanto a la entrada como a la salida del centro de trabajo.
Recordemos que la empresa deberá acreditar que ha entregado a cada uno de sus trabajadores un resumen del registro de jornada de cada período coincidente con el pago de la nómina, a partir de qué momento la empresa ya no vendrá obligada a conservar el registro diario de aquel periodo.