Certificación de eficiencia energética de edificios

Certificación de eficiencia energética de edificios

El 5 de abril de 2013 el Gobierno central publicó el “Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana (2013-2016)”. Así mismo, el 13 de abril de 2013 se ha publicado al BOE el Real decreto 235/2013 por el cual se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

El Real decreto fija el 1 de junio de 2013 como fecha a partir de la cual será obligatorio disponer del certificado energético para edificios o viviendas que se vendan o se alquilen, y para edificios públicos de más de 500 m2.

El ICAEN, organismo encargado de gestionar la certificación de eficiencia energética de edificios en Cataluña, dispondrá en breve del procedimiento mediante el cual se podrá obtener la etiqueta energética de aquellos edificios existentes que hayan realizado la calificación energética con cualquier de las herramientas de certificación reconocidas.

 

Más información:

Web: Instituto Catalán de energia

Preguntas más frecuentes sobre la calificación y la certificación energética

PREGUNTAS:

Soy propietario, ya tengo el certificado de eficiencia energética para el inmueble que quiero poner en alquiler o a la venta. Y ahora qué hago? Cuando he de enseñar el certificado?

Según la legislación la calificación energética de un inmueble ha de estar incluida en tota oferta, promoción y publicidad en la que ha de aparecer el inmueble que se quiere alquilar o vender. A mas, siempre se tendrá que adjuntar una fotocopia del original en el contrato de alquiler o de compraventa.

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