Autónomos. Devolución de cuotas a los autónomos que por pluriactividad hayan cotizado más que el importe máximo de las cuotas

Para los que esten dados de alta en el Régimen general y a Autónomos

De acuerdo con las Leyes de Presupuestos de 2016 y Art.15.10 del Orden de cotización de 2016:

Los autónomos que hayan cotizado en 2015 por contingencias comunes, (incluidas las aportaciones empresariales, del trabajador, y las relativas al régimen especial), un importe superior a 12.245,98€, tendrán derecho a una devolución del 50% del exceso cotizado de dicha cantidad, con un máximo del 50% de las cuotas obligatorias por contingencias comunes ingresadas en el RETA.

La devolución se hará a instancia del interesado en los primeros cuatro meses del año 2016, por lo tanto, poneros en contacto con vuestro gestor/a.

Según las Leyes de Presupuestos 2016 y Art.15.10 del Orden de cotización del año 2016.

Autónomos. Devolución de cuotas a los autónomos que por pluriactividad hayan cotizado más que el importe máximo de las cuotas
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