ACUERDO DE COLABORACIÓN CON LA AGÉNCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Los colegiados API, pueden presentar via telemática y en representación de terceros personas, declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualquier otro documento exigido por norma tributaria.
Más noticias de interés
En el BOE del día 20 de octubre se ha publicado la Orden AHP / 2178/2015 que incrementa hasta 30.000,00 € el importe de las deudas que la Agencia Tributaria podrá fraccionar o aplazar sin necesidad aportar ninguna garantía.