El Boletín Oficial del Estado ha publicado el primero de los dos decretos ley de vivienda aprobados por el Consejo de Ministros, centrado en medidas urgentes para proteger a los inquilinos, frenar la especulación y ampliar el parque protegido. Entre las principales novedades, la norma prohibe hasta el 31 de diciembre de 2028 que entidades y fondos de inversión adquieran viviendas por debajo del 70% de su valor de tasación de mercado, salvo cuando se destinen a alquiler asequible o social durante un mínimo de cinco años. Asimismo, se establece la suspensión de los procedimientos de desahucio hasta el 31 de diciembre de 2030 para personas vulnerables sin alternativa habitacional cuando la propiedad pertenezca a entidades especulativas o cuando no se haya ofrecido un alojamiento alternativo desde las administraciones públicas.
Por lo que respecta al mercado de alquiler habitual, el decreto fija una prórroga extraordinaria de los contratos hasta el 31 de diciembre de 2027, fecha hasta la cual no se podrá actualizar la renta por encima del índice de referencia de precios, y se refuerza la regulación de los alquileres de temporada y por habitaciones, los cuales deberán justificar una causa temporal real o pasarán automáticamente a regirse como alquileres de vivienda habitual. A nivel fiscal, se introducen nuevas reducciones en el IRPF para los arrendadores que destinen inmuebles al alquiler asequible o realicen rehabilitaciones, se crea una deducción del 10% para los inquilinos y se aplica el tipo del 10% de IVA a las viviendas turísticas. Además, en materia de promoción, la norma modifica la legislación hipotecaria para permitir la construcción industrializada como garantía y autoriza una línea de avales estatales de 2.000 millones de euros para financiar promociones públicas y privadas de alquiler asequible, con impacto directo sobre el desarrollo del mercado residencial en la provincia de Girona.
